La iguala jurídica constituye una vinculación o relación profesional entre el cliente y el Bufete de Abogados, como consecuencia de la cual el cliente recibe un asesoramiento jurídico-legal continúo por parte del Bufete en todas aquellas cuestiones que sean planteadas por el cliente y tengan relación con su actividad empresarial.
En virtud de la relación estable que genera la iguala jurídica el cliente consigue un trato preferente del Bufete, siendo tramitados sus asuntos con especial celeridad y atención.
El cliente puede en cualquier momento y de forma unilateral rescindir la relación que genera la iguala jurídica, sin que ello conlleve ningún tipo de penalización o indemnización a favor del Bufete.
Los servicios que se prestan por el Bufete en virtud de la relación de la iguala jurídica se refieren a actuaciones extrajudiciales, es decir, aquellas actuaciones que no supongan la iniciación o personación en un procedimiento judicial, incluyendo, entre otras, las siguientes:
Examen y redacción de todo tipo de contratos ordinarios o comunes
Consultas telefónicas y reuniones de trabajo
Asesoramiento jurídico-legal
Gestiones extrajudiciales de reclamación por deudas o impagados
Redacción de cartas de contenido jurídico
Con la iguala mensual quedan plenamente abonados los honorarios devengados por la prestación de los servicios antes señalados.
Dicho importe podrá ser revisado de forma consensuada por el cliente y el Bufete en función de que aumenten o disminuyan las actuaciones que deban realizarse por el Bufete para cubrir las necesidades del cliente.
En cuanto a los procedimientos judiciales que se inicien con posterioridad al comienzo de la relación derivada de la iguala jurídica, y sólo en aquellos casos en que no sea posible cobrar los honorarios de la parte contraria, el Bufete cobrará sus honorarios por tales procedimientos aplicando un descuento sobre las Normas Oficiales de Honorarios del Ilustre Colegio de Abogados de Alicante.